Posesión Efectiva:

La Posesión Efectiva puede solicitar cualquier heredero luego de la muerte de la persona heredera. Primero se define quiénes son los verdaderos herederos de la persona difunta, luego se especifican los bienes que corresponden la herencia y por último se establece la forma en que los herederos pueden tener los bienes que les fueron heredados.

 
Posesión Efectiva

Documentos que necesitas para la Posesión Efectiva:

Certificados que necesitas:

Honorarios:

  • Sin testamento: 14 UF
  • Con testamento: 26 UF

Otros costos:

  • Mandato Judicial para que el abogado pueda realizar los trámites en representación del cliente: Desde $25.000
  • Arancel por Posesión Efectiva en el Registro Civil: Hasta $127.828 (depende de los bienes dejados por el difunto)
  • Modificación de inventario en el Registro Civil: Hasta $153.393
  • Inscripción de la Posesión Efectiva en el CBR: Hasta $5.500 pesos
  • Pago del Impuesto a la Herencia en SII: Hasta el 25% de la herencia
  • Inscripción del Impuesto a la Herencia en el CBR: Hasta $128.000

Hitos de pago: 20% por cada punto

  • Para iniciar gestiones.
  • Solicitud de posesión efectiva ante el órgano respectivo.
  • Resolución que otorga el tramite.
  • Publicación en el Diario Oficial.
  • Inscripción del certificado en el CBR.

Preguntas frecuentes:

Este trámite puede hacerse de manera 100% online, pero si quieres hacerlo de manera presencial puedes rellenar un formulario e ir a entregarlo a las oficinas del registro civil, puedes ver el formulario e información más detallada aquí.

Los impuestos que se deben pagar por este trámite se encuentran en la página oficial del registro civil, para ir directamente al sitio puedes hacer clic aquí.