Tuición:
La Tuición es el derecho de los padres a la crianza y educación de un menor de edad y, a su vez, el deber de alimentarle, otorgar educación básica y media y también una profesión.
Certificados que necesitas:
- Nacimiento de él o los menores (solo los que se solicita régimen comunicacional o el cuidado personal).
- Matrimonio (si hay).
- Copia de contrato de trabajo o cotizaciones.
- Residencia de las partes.
- Estudio o escolaridad de él o los niños.
Documentos que necesitas para la Tuición:
- Descripción de los hechos por escrito, cronológicamente ordenados.
- Fotografía de la cédula de identidad del cliente.
- Otros documentos que den cuenta de los hechos.
Personas de las que necesitas estos datos: Nombre completo, RUT, profesión u oficio y domicilio
- Cliente
- Contraparte.Fotografía de la cédula de identidad del cliente.
- Del menor (aquí no se necesita profesión ni oficio).
- Tres testigos.
Honorarios: 26 UF
Hitos de pago: 25% por cada punto
- Para inicio de gestiones.
- Interposición de la primera solicitud en el tribunal.
- Primera audiencia.
- Sentencia definitiva o equivalente jurisdiccional.
Preguntas frecuentes:
Si, esto lo puede hacer el juez si:
- Se sufre de alcoholismo o drogadicción.
Incapacidad mental. - Estilo de vida inestable o desordenada que no le permita estabilidad al menor.
No prestarle atención a los cuidados del menor. - Cambio de residencia a un lugar donde el menor no pueda desarrollarse de manera correcta.
- Manipulación para que el menor rechace a uno de los padres.
Conductas violentas o antecedentes con el niño, niña o adolescente.
Entrar a un centro penitenciario.
- Se sufre de alcoholismo o drogadicción.
Estos temas son siempre los más complejos de resolver, así que necesitaras un abogado que defienda tus intereses de la mejor manera posible.
Si, con una demanda de mediación frustrada se consideraran los siguientes aspectos por el juez:
- Vinculación afectiva con el hijo y con el entorno familiar.
La aptitud de garantizar el bienestar el menor y un entorno adecuado. - Contribuciones al cuidado del menor cuando este estuvo al cuidado del otro padre, este último pudiendo hacerlo.
Actitudes de cooperación entre los padres, asegurando la estabilidad máxima del hijo. - La opinión de el/los hijo/s.
- Resultado de informes periciales que se hayan ordenado hacer.
Acuerdos de los padres antes del juicio. - Domicilio de ambos padres.
- Vinculación afectiva con el hijo y con el entorno familiar.
Puedes revisar la ley y más detalles aquí.