Pensión Alimenticia
Tramitamos causas de aumento de alimentos, rebaja de alimentos y cese de pensión alimenticia. Pueden pedirla, cónyuges, hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos y la madre del hijo que esta por nacer.
Certificados:
- Nacimiento de los menores.
- Residencia o declaración notarial de residencia del cliente y de los menores (solo si viven juntos).
- Matrimonios de las partes.
- Médicos y licencias médicas, si hubiese.
- Matrícula del menor.
- Alumno regular del menor.
Documentos que necesitas para la pensión alimenticia:
- El nombre completo, RUT, profesión u oficio, domicilio, teléfono y correo del cliente, la contraparte y los menores.
- Descripción detallada y por escrito de los hechos, cronológicamente ordenados.
- Fotografía de la cédula de identidad del cliente, por ambos lados.
- Contrato de arrendamiento del cliente.
- Tres últimos recibos de pago de arriendo o dividendo, servicios (luz, agua, gas, etc) y educación.
- Copia de contrato laboral del cliente.
- Tres últimas Liquidaciones de Sueldo del cliente.
- Cotizaciones Previsionales del cliente.
- Informe anual de boletas de honorarios electrónicas del cliente.
- Copia de la declaración de impuesto a la renta del año precedente del cliente.
- Carpeta Tributaria Electrónica del cliente.
- Copia de las constancias realizadas ante carabineros, si hubiera.
- Copia del parte denuncia realizado ante Fiscalía o carabineros, si hubiera.
Honorarios de Pensión Alimenticia:
Demandas y Defensas: 12 UF más 1 variación de alimentos.
Cumplimiento Incidental: 1 alimento
Hitos de pago:
Demandas y Defensas: 25% por cada punto
Para inicio de las gestiones:
- Resolución que tiene por interpuesta la primera solicitud en el tribunal.
- Primera audiencia.
- Sentencia definitiva o equivalente jurisdiccional.
La variación se pagará dentro de los 5 primeros días del mes luego de dictada la sentencia definitiva o celebrado el equivalente jurisdiccional, por ejemplo, se llega a conciliación).
Cumplimiento:
El total de los honorarios se pagan contra la recepción efectiva de los fondos.
Preguntas frecuentes:
Esta no puede ser menos del 40% del sueldo mínimo, es decir aproximadamente 105 mil pesos. En el caso de que haya más de un hijo este no puede ser menor al 30%, aproximadamente 79 mil pesos por cada hijo.
En primer lugar, debemos ir al Tribunal de Familia que corresponda a nuestro domicilio y pedir que citen a quien se desea demandar a una mediación. La mediación existe para poder llegar a un acuerdo extrajudicial sobre este monto, si no se llegara a un acuerdo después de hablar con el mediador se extenderá un documento llamado «Acta de Mediación Frustrada». Para más información haga clic aquí.
A continuación debemos presentar la demanda correspondiente al Tribunal de Familia.
Y finalmente debemos contratar a un abogado que nos ayude con el proceso, que además se encargara de conseguir un trato justo.
Debido a la pandemia actualmente el Gobierno de Chile cuenta con una modalidad en la que puedes demandar de manera online (aquí). Cuando tengas todos los documentos deberías poder realizarla sin ningún problema.