Visitas:
Las visitas son para mantener el vínculo familiar de forma constante, a través de un contacto estable entre el familiar que no ejerce el cuidado directo del niño, niña o adolescente.
Certificados que necesitas:
- Nacimiento de él o los niños respecto de los cuales se solicita el régimen comunicacional o el cuidado personal.
- Matrimonio (si hay).
- Copia de contrato de trabajo o cotizaciones.
- Residencia de las partes.
- Estudio o escolaridad de él o los niños.
Documentos que necesitas para las Visitas:
- Descripción de los hechos por escrito, cronológicamente ordenados.
- Fotografía de la cédula de identidad del cliente.
- Copia de contrato de trabajo o cotizaciones.
- Otros documentos (otros certificados, constancias, denuncias, fotografías, capturas de pantalla, etc) que den cuenta de los hechos.
Personas de las que necesitas estos datos: Nombre completo, RUT, profesión u oficio y domicilio
- Cliente
- Contraparte.
- Del menor.
- Tres testigos.
Honorarios: 26 UF
Hitos de pago: 25% por cada punto
- Para inicio de gestiones.
- Interposición de la primera solicitud en el tribunal.
- Primera audiencia.
- Sentencia definitiva o equivalente jurisdiccional.
Preguntas frecuentes:
Puedes informárselo al juez, si el cree que el padre puede agredir a los menores en el tiempo de las visitas puede ordenar que sean supervisadas. Esto quiere decir que al momento de las visitas otro adulto estará acompañando al padre y al menor todo el tiempo. Esta persona puede ser alguien que ambos padres elijan o o el juez. Los supervisores deben ser aprobados por la corte.
La persona que tiene la tuición del menor puede dejar una constancia en Carabineros de Chile.
Luego puede ir al Tribunal de Familia con esta constancia y pedir multas o arrestos nocturnos.