Posesión Efectiva

En GP Asociados te asesoramos en el trámite de posesión efectiva, ya sea de herencias con o sin testamento, para que puedas acceder legalmente a los bienes de una persona fallecida.

Posesión Efectiva

La posesión efectiva es el trámite legal que permite a los herederos acceder a los bienes de una persona fallecida. Puede ser solicitada por cualquier heredero, una vez ocurrido el fallecimiento.

El proceso comienza con la determinación de quiénes son los herederos legales, continúa con la declaración de los bienes que conforman la herencia y finaliza con la autorización para que dichos bienes sean entregados o administrados por los herederos, según corresponda.

Documentos que necesitas para la Posesión Efectiva

Certificados que necesitas

Honorarios

  • Sin testamento : 14UF
  • Con testamento : 26UF

Otros costos

  • Mandato Judicial para que el abogado pueda realizar los trámites en representación del cliente: Desde $25.000
  • Arancel por Posesión Efectiva en el Registro Civil: Hasta $127.828 (depende de los bienes dejados por el difunto)
  • Modificación de inventario en el Registro Civil: Hasta $153.393
  • Inscripción de la Posesión Efectiva en el CBR: Hasta $5.500 pesos
  • Pago del Impuesto a la Herencia en SII: Hasta el 25% de la herencia
  • Inscripción del Impuesto a la Herencia en el CBR: Hasta $128.000

Hitos de pago: 20% por cada punto

  • Para iniciar gestiones.
  • La resolución que tiene por interpuesta la primera solicitud.
  • Resolución que recibe la causa a prueba.
  • La resolución que cita a las partes a oír sentencia.
  • Sentencia firme o equivalente jurisdiccional.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la posesión efectiva?

Es un trámite legal que permite a los herederos de una persona fallecida acceder y disponer legalmente de sus bienes. A través de este procedimiento, se reconoce oficialmente quiénes son los herederos y qué bienes forman parte de la herencia.

Depende del tipo de herencia:

  • Si no hay testamento (herencia intestada), se solicita ante el Registro Civil.

  • Si hay testamento, debe hacerse a través de un juzgado civil, con patrocinio de abogado.

Algunos de los documentos básicos son:

  • Certificado de defunción del causante

  • Certificado de nacimiento y/o matrimonio de los herederos

  • Inventario de bienes (propiedades, vehículos, cuentas, etc.)

  • RUT del causante y de los herederos

En GP Asociados te ayudamos a reunir y preparar toda la documentación necesaria.

Si se tramita ante el Registro Civil, el proceso puede demorar entre 30 y 90 días hábiles. Si se presenta ante tribunales (por testamento), puede demorar varios meses, dependiendo del caso. Un abogado puede agilizar el trámite y evitar errores que generen retrasos.

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